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¿Qué contenía el Anteproyecto de Ley nacional de "Muerte Digna"?
Sobre el paralizado anteproyecto de Ley (2011) Profesionales por la Ética ha realizado un exhaustivo análisis en el documento “¿LEY DE MUERTE DIGNA O EUTANASIA ENCUBIERTA? 10 claves sobre la legislación que viene”, en el que se describe cómo una Ley puede abrir la puerta a actuaciones de eutanasia encubierta.
En resumen: se redacta una ley en la que los deseos del paciente son de obligado cumplimiento y, tanto, que permiten eximir de responsabilidad al profesional (art 15): es decir, aunque el profesional hiciera algo contrario al Código Penal sería eximido si ésa era la voluntad del paciente.
Sólo quedaba resolver la contradicción tan relevante que existía para el profesional ante Instrucciones previas no adecuadas: entre, por un lado, "el obligado cumplimiento de los deseos del paciente" (art 15) frente a " que no serán aplicadas instrucciones contrarias a la lex artis..."(11.3 ley autonomía del paciente), lo que pretendía resolver en el Anteproyecto mediante la derogación de éste último punto 11.3 de ley 41/2002 que establece los límites que deben existir a la autonomía del paciente: es decir, permiten la transformación de la buena práctica clínica y deontología profesional.
- La voluntad del paciente o de su familia podría obligar al médico a aplicar tratamientos no indicados (como una sedación no adecuada) o a retirar la alimentación e hidratación cuando se estén facilitando cuidados básicos. Para ello, se “consagran los derechos de autodeterminación decisoria de las personas en el ámbito de la relación clínica” y se establece un inexistente "derecho a la sedación" aunque no exista indicación médica para ello.
Asímismo, por el art. 15 eximen de responsabilidad al profesional!!! para que pueda garantizar el cumplimiento de estos nuevos derechos de autodeterminación.
- Se considera que la hidratación y la alimentación sean medidas extraordinarias y desproporcionadas en el proceso final de vida, cuando se trata de cuidados básicos.
- Se establecen sanciones a los profesionales y a Centros sanitarios, por ejemplo por realizar cuidados básicos que sean conformes a la ética profesional o no atender a supuestos nuevos "derechos" que colisionan con una actuación clínica dentro de la lex artis.
- Se propicia, simultáneamente, que el personal sanitario pueda tener finalmente el poder último de decidir cómo y cuándo pueden inducirse sedaciones o retiradas de soportes vitales que conduzcan al proceso de morir (al poder incapacitar de hecho a un paciente si tiene “dificultades para comprender la información que se le suministra”, lo cual es común tratándose de un enfermo terminal). No se garantiza, por tanto, la confianza en el profesional hasta el final.
- Pretendía derogar un artículo de la vigente Ley de autonomía del paciente, que vela por el rechazo a las intrucciones del paciente que sean contrarias a la lex artis (buena práctica profesional), por lo que, ni siquiera la buena práctica clínica podría ser freno a las peticiones inadecuadas de pacientes o familiares.
- No hay inversión presupuestaria, ni proyecto de universalización en la prestación de Cuidados Paliativos a los usuarios potenciales ni acreditación en la formación avanzada en los Cuidados Paliativos lo que revela un proyecto ideológico que no busca una mejora asistencial.
Ej. art 15.3:
- “El cumplimiento de la voluntad del paciente excluirá cualquier exigencia de responsabilidad por las correspondientes actuaciones de los profesionales sanitarios”.
(No es la lex artis -buen hacer profesional- lo que se juzga en la actuación sanitaria sino el cumplimiento de la voluntad del paciente, sea ésta la que sea).
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Resumen ejecutivo del Informe
Ley de muerte Digna o eutanasia encubierta: 10 claves sobre la legislación que viene.
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Alegaciones hechas por la OMC y la Secpal
ante el Ministerio de Sanidad sobre el Anteproyecto de Ley reguladora de los Derechos de la Persona ante el proceso final de la vida (31/05/2011).
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